Sucesión Intestada
Sucesión intestada
¿Ha perdido a un ser querido y necesita ayuda para administrar su patrimonio sin un testamento? Ofrecemos un servicio de sucesión intestada profesional que le permitirá gestionar adecuadamente los bienes y propiedades de su ser querido fallecido.
Nuestro equipo de expertos en derecho lo guiará en cada paso del proceso, desde la recopilación de los documentos necesarios hasta la distribución de los bienes según las leyes y regulaciones aplicables. No deje que el proceso de sucesión intestada sea abrumador.
¡Contáctenos hoy mismo y permítanos ayudarlo en la gestión de la herencia de su ser querido fallecido!
Incluye
Requisitos
Procedimiento
T&C
Incluye
- Asesoría legal.
- Redacción de solicitud
- Certificado negativo de testamento y certificado negativo de inscripción de sucesión intestada.
- Seguimiento de trámite hasta la inscripción.
- Consulta gratis con nuestro equipo de expertos.
Requisitos
- DNI del solicitante y herederos.
- Correo electrónico de los presuntos herederos, a efectos de realizar la notificación de inicio del proceso de sucesión.
- Copia certificada de la partida de defunción del causante.
- Copia certificada de la partida de nacimiento del presunto heredero o herederos, o documento público que contenga el reconocimiento o la declaración judicial, si se trata de hijo extramatrimonial o adoptivo.
- Copia certificada de la partida de matrimonio.
- Relación de bienes conocidos del causante.
Procedimiento
- Realizado el depósito del 50% se procede con la redacción de la solicitud, envío del mismo para la aprobación del cliente.
- Adjuntar toda la documentación solicitada.
- Cancelar el saldo para el envío de documentación a notaría.
- Presentada la solicitud ante notaría, se anota preventivamente en los Registros Públicos la sucesión intestada. Al mismo tiempo se realiza la publicación en el Diario Oficial «El Peruano» y »Expreso», a fin de que los presuntos herederos sean notificados. Transcurridos quince días hábiles desde la publicación sin que medie oposición, el Notario extenderá un acta declarando herederos del causante para su inscripción
- Se protocoliza el acta de sucesión intestada que contiene la declaratoria de herederos por parte del notario.
- El acta de sucesión intestada no es firmada por el peticionante, ni por los herederos, únicamente la suscribe el notario.
- Se procede a la inscripción del acto ante Registros Públicos.
- Entrega al cliente de testimonio e inscripción.
T&C
- Las consultas virtuales con asesor por Google Meet tienen una duración máxima de 15 minutos.
- Si se presentaran nuevos herederos solicitando su inclusión, el notario nos comunicará el apersonamiento y la inclusión de los nuevos herederos a los peticionantes y presuntos herederos, señalados en la solicitud. Si transcurridos diez días útiles no mediara oposición, el notario los incluirá en su declaración y en el tenor del acta correspondiente.
- Si hubiera oposición al trámite de sucesión intestada, el notario deberá suspender su actuación, remitiendo todo lo actuado, bajo responsabilidad, al juez de paz letrado de turno del distrito correspondiente.
- Tiempo de trámite de 45 a 60 días aproximadamente.
Escríbanos y uno de nuestros asesores legales se pondrá en contacto con usted al instante.