Poder por escritura pública
Poder por escritura pública
¿Necesita otorgar poder a alguien para que actúe en su nombre en una transacción importante?
Realizamos el servicio profesional de poder por escritura pública que le permitirá designar a una persona de confianza para que actúe en su nombre. Ya sea para realizar una transacción inmobiliaria, firmar un contrato importante o cualquier otra acción legal, garantizamos que su poder notarial se ajuste a todas las normas y regulaciones correspondientes con la ayuda de nuestro equipo de abogados especializados en la materia.
¡Contáctenos hoy mismo para obtener la ayuda que necesita en la planificación de su próxima transacción legal!
Incluye
Requisitos
Procedimiento
T&C
Incluye
- Asesoría legal.
- Redacción de minuta.
- Seguimiento de trámite hasta la inscripción.
- Consulta gratis con nuestro equipo de expertos.
Requisitos
- DNI del poderdante; tratándose de personas jurídicas, la vigencia de poder del representante legal, en la vigencia de poder del representante debe constar la facultad de delegar o nombrar apoderados.
- DNI del apoderado.
- En caso de poder otorgado para enajenar un bien determinado, se debe adjuntar copia literal emitida por SUNARP en caso de inmuebles, y boleta informativa o tarjeta de propiedad en caso de vehículos.
Procedimiento
- Realizado el depósito del 50% se procede con la redacción de la minuta, envío del mismo para la aprobación del cliente.
- Adjuntar toda la documentación solicitada.
- Cancelar el saldo para el envío de documentación a notaría.
- Coordinación de firma de Escritura pública.
- Se procede a la inscripción del acto ante Registros Públicos.
- Entrega al cliente de testimonio e inscripción.
T&C
- En caso de contar con multas electorales, deben ser canceladas antes de la firma notarial.
- En caso que cualquiera de las partes sea mayor de 75 años de edad, deberá presentar Certificado Médico original emitido por Psiquiatra o Psicólogo que debe contener criterios de ubicación en espacio y tiempo.
- En caso de contar con su minuta, el abogado es responsable de cualquier observación ante Registros Públicos, eximiendo la responsabilidad a Tramitadores.pe y Notaría.
- Las consultas virtuales con asesor por Google Meet tienen una duración máxima de 15 minutos.
Escríbanos y uno de nuestros asesores legales se pondrá en contacto con usted al instante.