Donación de inmueble
Donación de bien inmueble
Brindamos el servicio profesional de donación de inmuebles que le permitirá hacer una donación de manera efectiva y legal.
Nuestro equipo de expertos se asegurará de que se cumplan todas las leyes y regulaciones aplicables, y que el proceso de donación sea fluido y sin problemas. Ya sea que esté donando una propiedad a un ser querido o a una organización benéfica, estamos aquí para ayudarlo en cada paso del proceso.
¡Contáctenos hoy mismo y permita que nuestros expertos en derecho lo ayuden a hacer su donación
de inmueble de manera efectiva!
Incluye
Requisitos
Procedimiento
T&C
Incluye
- Asesoría legal.
- Redacción de minuta.
- Seguimiento de trámite hasta la inscripción.
- Consulta gratis con nuestro equipo de expertos.
Requisitos
- DNI de los otorgantes.
- Declaración Jurada de Autovalúo (HR, PU) y Constancia de No Adeudo, desde el año en que el Propietario es Contribuyente.
- Impuesto de Alcabala: (cancelación, inafectación o prescripción), de ser el caso.
- Certificado Registral Inmobiliario (CRI) o Copia Literal actualizada del inmueble materia de donación, expedido por SUNARP.
- En el caso de que algún otorgante no pueda o no sepa firmar, se requiere la intervención de un testigo a ruego a solicitud de la persona impedida, sin perjuicio de que imprima su huella dactilar.
- En caso actuar a través de apoderado o representante de una persona jurídica o persona natural: Vigencia de Poder expedido por Registros Públicos.
Procedimiento
- Realizado el depósito del 50% se procede con la redacción de minuta, envío del mismo para la aprobación del cliente.
- Adjuntar toda la documentación solicitada.
- Cancelar el saldo para el envío de documentación a notaría.
- Coordinación de firma de Escritura pública.
- Se procede a la inscripción del acto ante Registros Públicos.
- Entrega al cliente de testimonio e inscripción.
T&C
- Las consultas virtuales con asesor por Google Meet tienen una duración máxima de 15 minutos.
- En caso de contar con multas electorales, deben ser canceladas antes de la firma notarial.
- En caso que cualquiera de las partes sea mayor de 80 años de edad, deberá presentar Certificado Médico original emitido por Psiquiatra o Psicólogo que debe contener criterios de ubicación en espacio y tiempo.
- En caso de contar con su minuta, el abogado es responsable de cualquier observación ante Registros Públicos, eximiendo la responsabilidad a Tramitadores.pe y Notaría.
Escríbanos y uno de nuestros asesores legales se pondrá en contacto con usted al instante.